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martes, 31 de enero de 2017

CYGBA - Transparencia en la gestión

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Mauro Serafini, autor de historietas, en PPTV - CYGBA OPINA

CYGBA EN PROYECTO PROPIO TV 




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Tips para mejorar la seguridad en su edificio, CYGBA OPINA

BERNARDO LÓPEZ CORONEL EN PPTV 



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¡La primera Aplicacion móvil de consorcios para tu celular! CYGBA OPINA




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domingo, 29 de enero de 2017

CYGBA OPINA

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En CYGBA analizamos los 5 conflictos que atentan la buena convivencia en un edificio

A traves de los años que Administración CYGBA  administra consorcios notamos que son varios los problemas a los que se enfrentan los vecinos de un edificio de la Ciudad de Buenos Aires, como los ruidos molestos, el aumento de las expensas y hasta los incovenientes que acarrea vivir en una planta baja


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Los habitantes de un edificio de la Ciudad de Buenos Aires tienen que lidiar con varios problemas mientras ocupen un departamento. Los ruidos molestos, vivir en la planta baja, los espacios compartidos, el aumento de las expensas y la falta de atención de los administradores son algunas de las quejas comunes que recorren los pisos del consorcio.
Podríamos enumerar una serie de problemas con los que lidian diariamente los inquilinos, que recurren a la administración CYGBA con el fin de que participemos como mediadora.
En Buenos Aires existen más de 5.400 administraciones que se encargan de contratar al personal que trabaja en un edificio para su limpieza y mantenimiento, pero también intervienen en los problemas personales que se generan entre los habitantes de los distintos departamentos.
“En CYGBA, sabemos que Administrar es mucho más complejo que solucionar problemas edilicios, tratar con gremios, organizar los trabajos de los encargados, administrar los gastos, pagos, preparar las expensas. Administrar también es mediar y solucionar los conflictos vecinales”.
El primer lugar en el listado de quejas es para los ruidos molestos, como el volumen excesivo de la TV, la música e incluso conversaciones privadas, fiestas en días de semana hasta altas horas de la madrugada y mudanza de muebles.
Le continúa el problema de vivir en la planta baja, ya que a los habitantes de ese espacio le llegan las cosas o basura que otros vecinos de más arriba tiran por las ventanas.
En tercer lugar se encuentra el conflicto que generan los espacios compartidos, como por ejemplo la falta de limpieza de lugares comunes como el salón de usos múltiples (SUM), la pileta, o dejar elementos personales en dichos espacios, como las bicicletas en el palier.
El aumento de expensas es el cuarto y la falta de atención de los administradores se ubica en el quinto.

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sábado, 28 de enero de 2017

CYGBA OPINA --->


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Tips CYGBA para logar ambientes bien climatizados:

Algunos consejos de CYGBA ADMINISTRACIÓN...

1) Fijar el termostato del equipo a no menos de 25°C . Los expertos calculan que, cada grado que se baje en el termostato, el consumo aumenta un poco menos que un 10%.

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2) Hay personas que prefieren dormir tapadas en pleno verano, colocando el termostato a muy baja temperatura. En la actualidad, la mayoría de los equipos cuentan con la función “sleep” (dormir) , la misma sube la temperatura a mantener por el equipo a medida que transcurre la noche. Al acostarse, el cuerpo debe perder el calor que produce durante el día en plena actividad, pero paulatinamente baja la misma hasta llegar al “metabolismo basal” (mínimo, durante el descanso) y con ello el calor necesario que se debe perder. Esta particularidad hace que la temperatura del ambiente pueda aumentarse con el transcurso de la noche sin perder confort y sin necesidad del uso de colchas o frazadas.
3) No es verdad que al encender el equipo colocando el termostato al mínimo el enfriamiento se producirá en menos tiempo. Lo que es posible que suceda es que se olvide de que se puso tan bajo hasta que se sienta el frío en el ambiente y el desperdicio de energía innecesaria será irremediable. Muchos equipos cuentan con la función “power” que aumenta la velocidad del ventilador para enfriamiento rápido pero que automáticamente se desconecta transcurrido un lapo de tiempo.
5) Es importante usar “trucos” que no consumen energía para mantener la sensación de frescura, por ejemplo, mantener las habitaciones en penumbra . Las persianas bajas y, en menor medida, las cortinas gruesas no dejan pasar el calor del sol y evitan que se caliente la casa; se disminuye así la necesidad del uso de los equipos de acondicionamiento del aire.
6) Las mañanas son frescas hasta las nueve . Es el momento de ventilar las habitaciones, abriendo las ventanas y dejando que entre el aire. Si lo hace más tarde, no sólo se desperdicia el enfriamiento matutino natural si no que se calentará la casa para luego gastar más energía al tener que enfriarla.
7) El mantenimiento de los equipos aumenta su vida útil y también favorece el ahorro de energía . Se aconseja la correcta limpieza de los filtros de aire periódicamente y la serpentina exterior una vez al año, antes de que comience el calor.
Fuente: Trane.

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viernes, 27 de enero de 2017

Consejos de CYGBA para usar el Aire Acondicionado

Consejos para usar el aire acondicionado
en forma racional

Administración CYGBA te acerca algunos tips a tener en cuenta a la hora de acondicionar un ambiente de modo adecuado; desde qué tener en cuenta a la hora de la compra hasta los “trucos” para estar fresco sin derrochar.
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 Las altísimas temperaturas provocan un boom en la compra de equipos de aire acondicionado. Al comprar un equipo de aire acondicionado es necesario conocer: las medidas del ambiente a acondicionar, su orientación, la incidencia del sol, la cantidad de personas que comparten ese ambiente y los artefactos eléctricos que se encuentran en él. Con estos datos, el especialista podrá indicar cuál es la mejor alternativa para adquirir.
Cuando uno decide la compra recordar lo que en CYGBA aconsejamos es recomendable elegir equipos de bajo consumo. La etiqueta energética que dice clase A indica que consumen menos energía que las clases B o C. Es recomendable recurrir a los especialistas: son ellos los que conocen la potencia ideal del equipo que se debe instalar, encontrarán la mejor ubicación bien ventilada y en lo posible verán que no le de el sol, de modo de minimizar el consumo y los instalarán con personal matriculado si no contas con un instalador de confianza pregunta en CYGBA, tal vez te podamos recomendar alguno o ingresa a .
Mantener las paredes exteriores pintadas de colores claros así absorben menos calor del sol.

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jueves, 26 de enero de 2017

CYGBA: Deberes y Obligaciones de Encargados de Edificios

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1.Habitar la unidad que en el edificio se ha destinado a ese fin , la que deberá mantener en perfecto estado de conservación e higiene destinándola exclusivamente para el uso que le es propio, para habitarla con su familia integrada por su esposa e hijos, estándole prohibido darle otro destino ni albergar en ella, aunque fuera transitoriamente a personas extrañas al núcleo familiar. El administrador (CYGBA) podrá verificar personalmente el estado de la vivienda en compañía del empleado, siempre en horarios de trabajo.

2.Usar la ropa de trabajo que debe suministrarle el 
empleador de conformidad a lo establecido en el art. 15 del presente convenio. Esto será analizado en otra ocasión. El administrador (CYGBA) es quien debe adquirirlo en nombre del consorcios que quien lo abonará a traves de sus expensas. Eladministrador (CYGBA) también debe controlar que el uso de la misma sea el correcto.

3.En caso de que el empleador se lo suministre, usar la indumentaria la cual deberá ser confeccionada sin adornos, leyendas ni colores llamativos, y que consistirá en dos trajes, uno de verano y otro de invierno, cuatro camisas, dos corbatas y un par de zapatos, esta entrega podrá repetirse cada dos años.
Esto será analizado en otra ocasión.

4.Avisar al administrador 
(CYGBA), de inmediato toda novedad que se produjera en el edificio.
5.Poner en conocimiento del administrador (CYGBA), inmediatamente de formulado, cualquier reclamo que hagan los copropietarios.Si el administrador no viviera en el edificio, los gastos que demandare la comunicación estarán a cargo del empleador.
6.Darle a todos y cada uno de los copropietarios u ocupantes por igual,el correcto tratamiento a que tienen derecho los integrantes del consorcio.

7.Mantener en perfecto estado de conservación aseo e higiene, todas las partes comunes del 
edificio, asimismo no estará obligado a realizar la limpieza de pileta de natación ni lavado de paredes pintadas, salvo las manchas producidas en las interiores comunes cuando sean ocasionales y no derivadas de su uso normal o producidas por el paso del tiempo. El resultado de esta tarea no es responsabilidad del trabajador.

8.Controlar el funcionamiento de las máquinas e instalaciones del 
edificio.

9.Entregar sin dilación alguna a cada destinatario la correspondencia que viniera dirigida a ellos como asimismo los resúmenes de expensas y comunicaciones que efectuare el administrador por escrito a los copropietarios".

10.Vigilar la entrada y salida de personas del edificio, impidiendo sin excepción alguna la entrada de vendedores ambulantes y el estacionamiento de personas en las puertas de acceso.

11.Impedir la entrada al edificio de proveedores, fuera del horario que al efecto fije el administrador.

12.Poner en funcionamiento y asegurar la protección de los servicios generales del edificio en las oportunidades que fije el administrador dentro del horario habitual de tareas.

13.Acatar las órdenes que imparta el admi-nistrador, las que deberán ser fijadas en un libro de órdenes rubricado por la autoridad competente, el que permanecerá en poder del administrador con la obligación del encargado de notificarse recibiendo una copia de lo expuesto en el mismo, pudiendo hacer los descargos que estime conveniente.

14.Abstenerse de realizar cualquier tarea de atención a los copropietarios en su horario de trabajo pudiendo realizarlos por su cuenta en horario de descanso y francos.

15.Mantener debidamente actualizado y proporcionar a sus reemplazantes circunstanciales o definitivos, toda la información concerniente al desempeño de las distintas tareas a su cargo.

16.La responsabilidad de las tareas recae exclusivamente en la persona designada por el principal, estando excluído derivar dicha responsabilidad en familiares o terceros, siendo tal incumplimiento una falta, no teniendo el empleador responsabilidad alguna ante eventuales accidentes o reclamos que pudieran producirse por parte de estos familiares o terceras personas.

17.Las llaves del sótano y controles del edificio, sólo podrán encontrarse en poder del trabajador encargado y del administrador, o de la persona que éste designe. De encontrarse su acceso en la vivienda del encargado, sólo podrá accederse en caso de emergencia.

18.El 
administrador del consorcio se halla facultado para indicar el lugar donde deberán hallarse a disposición los empleados comprendidos en la CCT vigente cuando no se encuentren prestando tareas efectivas.


19.El administrador podrá determinar y ordenar la cantidad de veces que se retirarán los residuos en el edificio dentro del horario de trabajo.

20.El empleado con vivienda que se encuentra en el edificio, tendrá la obligación de prestar colaboración en el consorcio aunque se encuentre fuera de su horario de servicio, cuando se produzcan emergencias, situaciones de urgencia o cuando se ponga en peligro la seguridad de los bienes y de las personas que habitan el consorcio. La colaboración prestada por el empleado en tales circunstancias deberá ser remunerada con el pago de horas extraordinarias.

21.Entre el trabajador y el empleador se podrá establecer libremente la realización de jornadas continuadas y sin descansos intermedios, dentro de lo establecido en la presente convención.

22.Barrer y recoger la basura del cordón de la vereda en toda la extensión del frente del edificio.

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CYGBA, temas legales de los encargados de edificios

¿Es obligatorio tener encargado?

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Antes que nada, ¿Es cierto que sea obligatorio tener un encargado? En CYGBA a diario recibimos consultas de quienes prefieren prescindir del encargado porque el mayor componente de las expensas es su sueldo porque lo negocian el gobierno con el gremio sin participación de los administradores (CYGBA) ni los dueños de edificios…
Pero no es obligatorio contratar un encargado, contrariamente al mito popular. Ahora bien, si el consorcio tiene alguien que hace la limpieza, la ley lo considera encargado y corresponde hacer los aportes y contribuciones y pagar la cuota sindical. Sería como tener a alguien fuera de convenio. Pedir al administrador (CYGBAla ART y constancia de aportes y contribuciones, o el consorcio puede ser responsable.

En algún caso, un usuario reportó haber enviado una carta documento al SUTERH explicando que tercerizó el servicio y no hubo mayores novedades. Pero la contingencia de contratar una empresa de limpieza está.

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miércoles, 25 de enero de 2017

En CYGBA crecemos cuando enfrentamos retos

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CYGBA sabe que cada edificio que administra es un nuevo desafío, un nuevo reto donde debemos poner a disposición toda nuestra experiencia, creatividad y pasión a disposición de cada propietario en pos de lograr destacarnos por realizar un trabajo prolijo y profesional; en esas circunstancias nació la APP CYGBA, la primer aplicación móvil para consorcios donde nuestros propietarios gozan de tener en su propio celular toda la información de su edificio sin más trámites, horarios o traslados.

Este nuevo reto tomado por Administración CYGBA significa un gran crecimiento para nuestra Administración y un importante precedente para todo el sector de administradores de consorcios profecionales.

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Comenzá el día con CYGBA

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martes, 24 de enero de 2017

OPINE CON CYGBA

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Datos del trabajador necesarios para procesar el alta y la liquidación y para armar su legajo que estará en poder de la administración. 

Te contamos como lo hacemos en Administración CYGBA!

INFORMACION PERSONAL (Declaración Jurada)
Apellido y Nombres
Fecha de Ingreso
CUIL / CUIT / CDI
Categoría Laboral
Categoría del Inmueble
Estado Civil (Soltero - Casado - Viudo –
Divorciado - Unido De Hecho)
Tipo y Nº de Documento De Identidad
Domicilio
Teléfono/Correo Electrónico
Pluriempleo Si / No (Informar Datos del Otro/S Empleador/Es-Aportes y Recibos de Haberes Mensuales)
Nivel de Estudios
Antecedentes Laborales
Examen Medico Preocupacional
Seguro de Vida - Declaración de Beneficiarios
Ley de Riesgos del Trabajo
Afiliación A.R.T. - Credencial Cobertura de Riesgos –
Nota con Procedimientos a Seguir en caso de accidentes
Formularios Asignaciones Familiares del Portal Anses:
Ps 2.4 (Declaración Jurada de Cargas de Familia)
Ps 2.5 B (Novedades Unificadas SUAF)
Ps 2.6 (Notificación del Régimen de Asignaciones Familiares.)
Ps 2.5.5 (Declaracion Jurada AAFF)
Sin perjuicio de lo anterior debe contratar 2 (dos) pólizas de seguro, para cubrir los siniestros que puedan acontecer a los trabajadores.
La primera es la de Riesgos de Trabajo, regulada por la Ley 24.557 y su modificatoria la 26773. Este seguro protege al dependiente respecto de cualquier accidente o enfermedad profesional a mediante prestaciones medicas y dinerarias .
La otra cobertura es la del Seguro de Vida Colectivo Obligatorio al que habitualmente se denomina SVCO, establecido por el Decreto 1567/74, y ante el fallecimiento del trabajador - más allá del motivo - prevé una suma dineraria de importe fijo a percibir por los deudos.
Se debe contratar a una ART (Administradora de Riesgos del Trabajo-ley24557) y cumplir con los exámenes pre-ocupacionales de modo de deslindar la responsabilidad del consorcio respecto a enfermedades preexistentes. Tener presente que dicho trámite corre por cuenta del consorcio.
Los exámenes periódicos de frecuencia anual – en cambio – los soporta la ART, aunque no siempre los cumplen. Resulta recomendable para el empleador revisar el estado de salud del trabajador a fin de detectar cualquier dolencia, en forma precoz, especialmente las que pudieren derivarse de su actividad profesional
Finalmente cabe destacar que ante el fin de la relación laboral, la norma prevé un examen post ocupacional, también tramitado por la administración y con cargo al consorcio para verificar el estado de salud del trabajador.
Evidentemente el objetivo del mismo es detectar cualquier dolencia generada por el trabajo. Ante el incumplimiento de dicha revisión podría provocar que la aseguradora no se hiciese cargo de las prestaciones de la ley.

En Administración CYGBA estamos muy atentos a éstos "detalles" ya que ahorran dinero al consorcio.

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domingo, 22 de enero de 2017

ASEGURAN QUE LAS CÁMARAS DE VIDEOVIGILANCIA SIRVEN PARA DISUADIR Y PREVENIR DELITOS, OPINE CON CYGBA

En relación a la ola de entraderas registradas en Provincia de Buenos Aires, el especialista en consorcios Gustavo Borghi señaló hoy que "la instalación de cámaras de videovigilancia contribuyen no solo a la prevención del delito sino también a la disuasión". Luego, en relación al caso de la banda desbaratada en Caballito que robaba edificios copiando llaves, aseguró que "la seguridad es una preocupación constante ya que el delito cada vez se va perfeccionando más. Desde las administraciones nos venimos ocupando desde hace mucho tiempo de lo que tiene que ver con copia-llaves y las llamadas entraderas".
"Lo cierto es que hoy los costos de la tecnología han bajado bastante y están al alcance de todos. Las cámaras de seguridad se han convertido en algo accesible", remarcó, y añadió: "Nosotros recomendamos el uso de cámaras no solo desde punto vista de la seguridad sino también desde el punto de vista del control de las propias instalaciones. Los actos de vandalismo se resuelven bastante con el uso de las cámaras".


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Borghi -que es socio fundador y representante legal de CYGBA S.A- explicó que "los sistemas de seguridad son flexibles y admiten saltos de a cuatro cámaras. Dependiendo del tamaño de la propiedad, pueden ser suficientes 4, 8 o 16 cámaras para un consorcio chico o mediano y hasta 100 cámaras para los grandes consorcios".

Asimismo, indicó que "la tecnología permite acercar los ojos del administrador al edificio para cuidar el patrimonio de los propietarios y  para controlar de cerca la actividad de encargados, intendentes, empresas de seguridad, de limpieza y proveedores de servicios desde nuestro Centro de Monitoreo ".  


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Administradores de consorcios celebran proyecto para modificar el Consejo de la Propiedad Horizontal


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El jefe de gobierno porteño, Horacio Rodríguez Larreta, envió un proyecto a la Legislatura para modificar la composición del Consejo de la Propiedad Horizontal, aprobado a fines de 2015 a través de la Ley 5.464. Desde el sector de administradores de consorcios celebraron la iniciativa aunque proponen la creación de un Consejo Profesional autónomo.
El gerente general de CYGBA SA, Eduardo Catalano, celebró la iniciativa del Ejecutivo porteño ya que, a su entender, manifiesta “la voluntad política de salvaguardar la plena participación de los propietarios a los que se les estaba anulando la voz y el voto”.
“Como defensores de los intereses de los consorcistas, repudiamos el desequilibrio en las relaciones entre el gremio de los porteros y los propietarios”, argumentó el ingeniero, que además es director y docente de la Tecnicatura en Administración de Consorcios de la Universidad Maza.
No obstante, aclaró que "lo mas idóneo sería que hubiese un Consejo Profesional de administradores de consorcio autónomo para que regule la actividad, tal como existe para otras profesiones".
Por su parte, la Dra, Cecilia Seijo, calificó a la Ley 5.464 como “antidemocrática” ya que su aprobación “anuló el principal derecho de los vecinos en tanto usuarios y consumidores que es el acceso a una información adecuada".
"Esta Ley se votó entre gallos y medianoche dejando afuera la consulta y participación de los propietarios”, cuestionó la abogada y docente de Derecho Penal aplicado a la Propiedad Horizontal de la UMAZA. 

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sábado, 21 de enero de 2017

OPINE CON CYGBA

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Aumentan 12% las expensas y lo atribuyen al "exceso de poder" de gremio, CYGBA OPINA

Las expensas volverán a aumentar en abril un 12% provocando otro golpe al bolsillo, mientras especialistas en administración de consorcios se quejaron por lo que consideran "aumentos injustificados" por presión del sindicato de encargados de edificios.La especialista en administración de consorcios de CYGBA SA, Cecilia Seijo, denunció la "exorbitante presión sobre los consorcistas como consecuencia del avance del gremio SUTERH, que cada vez impone más burocracia y costos adicionales"."Primero lograron la jerarquización del oficio desterrando el título de portero. Luego, por la presión del sindicato que los contiene, supieron conseguir mejoras salariales y beneficios extraordinarios. Hoy, mientras pugnan por un 24,5% de aumento, una ley porteña acaba de conferirle mas poder al SUTERH", se quejó Seijo. Consideró un "despropósito que los encargados perciban haberes superiores a los de un gerente de banco" y recordó que "durante la gestión del gobierno anterior se firmaron acuerdos con el SUTERH para incrementar sueldos de manera indiscriminada". Dijo que el nuevo aumento "tendrá un impacto cercano al 12% en forma directa sobre las expensas de mas de 35 mil edificios de la Capital Federal"."El convenio colectivo de los encargados es de los pocos donde la patronal está ausente", criticó la letrada, y cuestionó también que "los propietarios quedan inconsultos a la hora de la negociación de los haberes de los encargados".Criticó, además, la sanción de la ley que crea "el Consejo de Propiedad Horizontal de la Ciudad, ya que consideró que se estableció solamente para tomar una posición dominante de los sindicatos sobre la propiedad horizontal y los administradores". Además, cuestionó criticó que se haya hecho caso omiso a "los reclamos de un amplio sector de la propiedad horizontal que habían solicitado el veto de la ley". Por su parte, el ingeniero Gustavo Borghi consideró "poco razonable que un encargado gane mucho mas que un docente o un profesional con título, hay una distorsión muy grande que habría que revisar".Explicó que "la gente protesta muchísimo no sólo porque ve los aumentos de haberes reflejados en las expensas sino porque en el 80% ó 90% de los casos hay insatisfacción por el servicio que se recibe". Dijo que "a la hora de tomar una medida disciplinaria o despedir a un encargado, los montos son impagables. En la justicia laboral es muy difícil lograr un fallo de un despido con causa, con lo cual se termina pagando una indemnización con prebenda". "A la hora de exigir el vecino tiene menos derechos porque la sindicalización ha sido tanta que se ha convertido en una extorsión de trabajador al propietario", advirtió.
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viernes, 20 de enero de 2017

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"Es poco razonable que un encargado gane más que un docente", OPINE CON CYGBA

Especialistas en administración de consorcios explicaron a Informe Construcción cómo impactarán en las expensas los aumentos de tarifas

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ARGENTINA.- Especialistas en administración de consorcios explicaron a Informe Construcción cómo impactarán en las expensas los aumentos de tarifas. Y adelantaron cómo repercutirán los aumentos de haberes de los encargados de edificios.   
La abogada y Gerente Legal y Comercial de CYGBA SA, Cecilia Seijo, ratificó hoy que “el aumento de tarifas va a impactar en las expensas”. “El propietario paga por un lado la luz de su departamento y los consumos propios de este  y, a través de las expensas, los servicios públicos de las partes comunes como luz de pasillo, ascensores y bombas de agua”, explicó.

"Me parece poco razonable que un encargado gane mucho mas que un docente o un profesional con título"
 
Asimismo, aclaró que “hay que tener en cuenta que la repercusión dependerá de cada edificio de acuerdo a diferentes variables”. “Lo importante es que el Administrador, debido al mal gasto que se hizo de los servicios concientice sobre el consumo de energía”, añadió.
 
En este sentido, dijo que “es necesario realizar inversiones para racionalizar la energía”. Luego, recomendó “planificar y hacer inversiones previas para afrontar este tipo de incrementos, que puede darse en otros servicios”.

Por su parte, el ingeniero Gustavo Borghi, socio fundador y representante legal de la misma firma, dijo en relación a la discusión paritaria: "Me parece poco razonable que un encargado gane mucho mas que un docente o un profesional con título", disparó el ingeniero, y agregó que "hay una distorsión muy grande que habría que revisar". 

Además, comentó que "la gente protesta muchísimo no sólo porque ve los aumentos de haberes reflejados en las expensas sino porque en el 80% o 90% de los casos hay insatisfacción por el servicio que se recibe".  

Por último, señaló que "a la hora de tomar una medida disciplinaria o despedir a un encargado, los montos son impagables. En la justicia laboral es muy difícil lograr un fallo de un despido con causa, con lo cual se termina pagando una indemnización con prebenda". 

CYGBA SA es una empresa dedicada a la Administración de grandes consorcios con mas de 30 años en el mercado y sólida experiencia que se respalda en la capacitación profesional constante de gerentes y administradores . 

Mas información en www.cygbasrl.com.ar - OPINE CON CYGBA

Fuente: http://www.informeconstruccion.com/nota/actualidad/2787/poco-razonable-encargado-gane-mas-docente.html